Los docentes interesados en formarse para ser inspectores de enseñanza tienen, entre otras preocupaciones, el trabajo en torno al concepto de Justicia Educativa. Se referencian aquí algunos aportes para continuar luego la reflexión en los cursos.
Jesús Aguilar Nery (2015) lleva a cabo una exploración conceptual de la emergencia de dicho concepto en Argentina dando cuenta de la emergencia del mismo a partir de los comienzos del siglo XXI. Recurre metodológicamente a “la historia conceptual” de Koselleck (1993) para reconstruir las huellas que dejan los conceptos en algunos ámbitos específicos. De este modo explicita que una palabra se convierte en concepto cuando “la totalidad de un contexto de experiencia y significado sociopolítico, y en el que se usa y para el que se usa una palabra, pasa a formar parte globalmente de esa única palabra”. Es decir, un concepto abraza cierto contexto de significados y experiencias significativas, especialmente relacionadas con movimientos o acciones políticas o sociales en el que la palabra se usa y para el que se usa.
Recupera que, en Argentina, previo a este concepto, y según el acuerdo de muchos especialistas del campo, la idea de igualdad fue un pilar que acompañó el desarrollo del sistema educativo. La emergencia del concepto se sitúa a partir de la crisis socioeconómica del 2001 en Argentina.
Uno de los primeros registros del concepto en cuestión lo incorpora Dussel (2004) en torno a la discusión del concepto de inclusión/exclusión en las escuelas. Plantea la “injusticia social y educativa” y cómo pensar mecanismos institucionales que eviten su cristalización.
Por otra parte la Conferderación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), analizando la desigualdad y exclusión educativa en la educación inicial expresa, “a mayor desigualdad, mayor injusticia” (IIPMV- CTERA, 2004, p.1)
El Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) se ha posicionado en el espacio discursivo y académico esgrimiendo el concepto de justicia educativa. En un intento de avanzar en su conceptualización, y tomando como referencias las ideas de Fraser (2006) como un modelo de justicia en construcción considera que:
..la construcción de la justicia educativa debería orientarse a habilitar a los sujetos para actuar en distintas esferas de la vida, individual y colectivamente. Es posición intenta superar las limitaciones y falacias liberadoras de los enfoques centrados en la igualdad de oporunidades y en la calidad educativa..
..la idea de justicia educativa defendida alude a la necesidad de ubicar a los alumnos de sectores populares en el centro del sistema educativo, sin desplazar a los demás sectores sociales, pero extendiendo las nociones prototípicas de la educación para contemplara a todos en su diversidad…
Dentro de las producciones argentinas que incorporan el concepto, Juan Carlos Tedesco (2008) inspirado en Dubet, trabajó el concepto de justicia escolar y luego lo extendió a justicia educativa proponiendo “superar el enfoque puramente institucional de la justicia, propio de la teoría de John Rawls, y el enfoque restringido al puro interés económico individual de la conducta racional para explicar el comportamiento de los actores sociales”…
En términos generales, Aguilar Nery concluye que el concepto de justicia educativa en Argentina adquiere una doble significación en sus usos: por un lado describe un campo de experiencias y por el otro, un horizonte de expectativas sobre la mejora de las escuelas.
La emergencia sociohistórica del concepto Justicia Educativa en Argentina está teñida de acontecimientos y experiencias que atraviesan diferentes campos de análisis y de acuerdo con Quiroga (2021) nos permite articular lo estructural y lo subjetivo desde una perspectiva relacional que se desenvuelve en un proceso sociohistórico.
Se trata de un concepto que tiene componentes sociales, históricos, políticos, culturales y económicos, posible de ser materializado en políticas públicas que pondrán el acento en la redistribución, el reconocimiento de un derecho, en la igualdad de oportunidades, en una oferta de un bien cultural puesta al servicio de un destinatario también complejo y diverso.
En el caso de la provincia de Buenos Aires la Ley de Educación Provincial prescribe en su ARTÍCULO 75.- El objetivo de la inspección consiste en garantizar las adecuadas intervenciones en el marco del planeamiento estratégico, para asegurar la educación y el mejoramiento continuo de las actividades que se desarrollan en los Establecimientos Educativos. Los principios de acción del rol de inspección se basan en la detección de logros y dificultades, resolución reflexiva de problemas y orientación hacia apoyos especializados para lograr con la concreción de las metas de la Política Educativa en todas las escuelas de las Provincia.
Frente a la complejidad de sostener agendas que promuevan la Justicia Educativa desde la supervisión surgen algunas preguntas:
¿Qué lugar ocupa la supervisión de la enseñanza en las escuelas?
¿Cómo se lleva a cabo la supervisión de inspectoras e inspectores en las aulas?
¿Qué orientaciones precisas dejan a los Equipos de Conducción para impactar en la enseñanza?
Estas y otras preguntas posibles sitúan la complejidad de un concepto como el de Justicia Educativa, instalado en los discursos pedagógicos de la provincia y del país. Independientemente de la significación que cada autor podría dar a dicho concepto las preguntas nos interpelan acerca del Derecho a la Educación garantizado por el Estado a través de sus políticas educativas, pero fundamentalmente a través de las prácticas de enseñanza ejercidas desde los equipos supervisivos.
Seguimos pensando juntos…
Referencia bibliográfica.
Aguilar Nery, Jesus. (2015) Formación y desarrollo del concepto de Justicia Educativa en Argentina. Revista Internacional de Educación para la Justicia Social (RIEJS), 2015, 4(2), 127-143
Dussel, I (2004) Inclusión y exclusión en la escuela moderna argentina: una perspectiva postestructuralista. Cuadernos de Pesquisa, 34 (122), 305-335.
IIPMV-CTERA (2004) Desigualdad y exclusión educativa en la educación incial. Informes y estudios sobe la situación educativa, 3, 1-24.
Koselleck, R (1993) Futuro pasado. Para una semántica de los tiempos históricos. Barcelona: Paidós.
Quiroga, A. (2019). “Convite Sociológico” en Belinche, D. Tensiones y representaciones en la enseñanza de la música contemporánea en clases con ingresantes a las carreras universitarias de música. Las oposiciones vanguardia/ industria cultural, música popular/música académica. Proyecto Investigación. FBA.UNLP.
Tedesco, J.C (2008) Educación y sociedad justa. En VVAA, Educación y vida urbana: 20 años de Ciudades Educadoras (pp.227-235) Barcelona: Santillana.
Veleda, C., Rivas, A. y Mezzadra, F ( 2011) La construcción de la justicia educativa. Criterios de redistribución y reconocimiento para la educación argentina. Buenos Aires: CIPPEC-UNICEF.





